El 22 de marzo se publicó la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta ley establece, entre otras medidas, la elaboración de un plan de igualdad para aquellas empresas que tengan más de 50 empleados.
El Plan de Igualdad es un conjunto de normas que deben adoptar las empresas para tratar cuestiones y situaciones que se dan en la actividad de la empresa. El objetivo de este plan es conseguir que exista igualdad de oportunidades y la eliminación de cualquier tipo de discriminación que pueda darse por razón de sexo en el ámbito laboral.
Los planes de igualdad ya fueron definidos en la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo. Sin embargo, hasta la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019 no eran obligatorios.
En esta Ley se concreta que las empresas con más de 50 trabajadores deberán de tener un Plan de Igualdad. La puesta en marcha de estos planes se determinará con las partes negociadoras, pero no podrán superar los 4 años para su implantación.
Un dato importante es que aquellas empresas que hayan implantado este Plan de Igualdad deberán seguir manteniéndolo, aunque su plantilla se reduzca a menos de 50 trabajadores.
Según el número de trabajadores que compongan la empresa tendrán que elaborar el Plan de Igualdad en unas fechas determinadas, quedando así:
En definitiva, la obligación del Plan de Igualdad afecta a todas aquellas organizaciones con más de 50 personas trabajadoras en su equipo, tanto si son empresas privadas como organismos o instituciones públicas u organizaciones o asociaciones sin ánimo de lucro.
El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave sancionada con una multa que oscila desde los 626 euros hasta los 6.250 euros.
Según la Ley de Infracciones y Sanciones el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave sancionada con una multa de entre 626 a 6.250 euros. Además, esa cuantía se podría multiplicar más aún cuando la autoridad laboral ya haya advertido a la empresa de la obligación de disponer del Plan de Igualdad. Si se diera este caso, las multas oscilan entre los 6.251 y los 187.515 euros.
Además de la multa económica, el empresario podría perder automáticamente y con efectos desde la fecha en la que se cometió la infracción, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y la exclusión automática del acceso a dichos beneficios durante seis meses.
Los objetivos del Plan de Igualdad deben definirse antes de ponerse en marcha, tras un diagnóstico de situación previo. Se debe evaluar el Plan de forma periódica durante el tiempo que está activo y también en su finalización para vigilar su cumplimiento.
En función de cuáles sean los objetivos que se quieren alcanzar con la aplicación del plan de igualdad distinguimos entre dos tipos de objetivos: generales y específicos.
Este principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y las derivadas de la maternidad o paternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
Con este Plan de Igualdad se pretende conseguir diversos objetivos en función de la situación de cada empresa. Algunos de ellos pueden ser:
Los objetivos específicos son aquellos que se marcan a partir de los objetivos generales. Estos hacen referencia a:
El proceso de implementación del Plan de Igualdad para tu empresa lo podemos definir en 6 pasos. La lista es la siguiente:
Para elaborar un Plan de Igualdad es imprescindible constituir un organismo que debe estar formado de manera paritaria que se encargue de supervisar todo el proceso de creación del plan y de su implantación.
Este organismo deberá realizar un análisis sobre qué es aquello que la empresa necesita trabajar para trazar un plan lo más adecuado y personalizado posible a las necesidades de la empresa.
En la elaboración del plan se fijan los objetivos a cumplir, se diseñan las estrategias y los recursos que se van a emplear para alcanzar esos objetivos. Un calendario que planifique cómo se van a distribuir las acciones es esencial para una buena organización.
Una vez que la empresa ha establecido el plan que va a seguir y las herramientas necesarias para poder ejecutarlo, se empezará a poner en marcha el plan siguiendo lo acordado.
La empresa debe registrar el Plan de Igualdad en el Registro de planes de igualdad de la comunidad autónoma correspondiente.
Para evaluar si las medidas aplicadas están siendo llevadas correctamente, se establecerán sesiones de evaluación con el fin de comprobar si los objetivos marcados han sido alcanzados y si van acorde al Plan de Igualdad.
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